Pregunta 36

Policía Local - 2025 - Inspector Policía Municipal - Madrid

Según lo dispuesto en el Título III de la Ley Orgánica de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad la creación de policías por las Comunidades Autónomas exige:

  • A.Previsión de su posible creación en el Estatuto de Autonomía y aprobación por los órganos competentes de la Comunidad Autónoma.
  • B.Previsión de su posible creación en el Estatuto de Autonomía y aprobación por los órganos competentes de la Comunidad Autónoma, previo informe preceptivo del Consejo de Policía de Seguridad.Respuesta correcta
  • C.Previsión de su posible creación en el Estatuto de Autonomía, aprobación por los órganos competentes de la Comunidad Autónoma, previo informe preceptivo del Consejo de Política de Seguridad y autorización del Ministerio del Interior.

Explicación

La respuesta correcta es B. La creación de policías por las CCAA exige previsión en el Estatuto de Autonomía y aprobación de los órganos autonómicos competentes, previo informe preceptivo del Consejo de Política de Seguridad. La opción A omite este informe necesario, mientras C añade erróneamente autorización del Ministerio del Interior y denomina incorrectamente el órgano asesor.