Según el artículo 145 de la Ley 2/2016, de 10 de febrero, del suelo de Galicia, en el acto de otorgamiento de la licencia de edificación se determinarán los plazos de caducidad por causa de demora en la iniciación y finalización de las obras, así como por causa de interrupción de las mismas. En su defecto, el plazo de iniciación no podrá exceder de:
- A.6 mesesRespuesta correcta
- B.3 meses
- C.1 año
- D.2 meses
Explicación
El artículo 145 de la Ley 2/2016 del Suelo de Galicia establece que en el acto de otorgamiento de la licencia de edificación se fijará el plazo de inicio de obras. En defecto de plazo específico, el plazo de iniciación no podrá exceder de 6 meses.