Pregunta 77

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En base a lo prescrito en el artículo 50 de la Ley 2/2002, de 11 de noviembre, de Gestión de Emergencias en Andalucía, no es infracción grave en esta materia:

  • A.Incumplir, los medios de comunicación social, las obligaciones previstas en el apartado tercero del artículo 5 de la citada Ley.Respuesta correcta
  • B.No comunicar a las autoridades de protección civil las previsiones o incidentes que puedan dar lugar a activación de planes de emergencia, así como no comunicar la activación de planes de emergencia interior o de autoprotección.
  • C.No comunicar al centro de coordinación de emergencias de ámbito territorial superior la activación de un plan de emergencia.

Explicación

La respuesta correcta es A. El artículo 50 de la Ley 2/2002 de Gestión de Emergencias de Andalucía tipifica expresamente como infracciones graves los supuestos recogidos en las opciones B y C. Sin embargo, el incumplimiento de las obligaciones de los medios de comunicación social previstas en el artículo 5 apartado 3 no está tipificado expresamente como infracción grave en el artículo 50, por lo que constituye la opción que NO es infracción grave.