Pregunta 36

Policía Local - 2024 - Sevilla 70 plazas

Según el artículo 49 del Reglamento General de Circulación aprobado por el Real Decreto 1428/2003, de 21 de noviembre, para la aplicación y desarrollo (hoy) del texto refundido de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos

  • A.Motor y Seguridad Vial, aprobado por el Real Decreto Legislativo 6/2015, de 30 de octubre, respecto a las velocidades mínimas:
  • B.En las vías que no sean autopistas o autovías se prohíbe circular a una velocidad inferior en 20 km/h a las establecidas para las genéricas.
  • C.En vías que discurran por poblado se prohíbe circular a una velocidad inferior a 30 km/h. c) En autopistas y autovías se prohíbe circular a una velocidad inferior a 60 km/h.Respuesta correcta

Explicación

La respuesta correcta es C. El artículo 49 del Reglamento General de Circulación (RD 1428/2003) establece que se prohíbe en autopistas y autovías una velocidad inferior a sesenta kilómetros por hora. Este es el límite mínimo legal en esas vías.