De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 248 de la Ley Orgánica 2/2007, de 19 de marzo, de reforma del Estatuto de Autonomía para Andalucía, la Junta de Andalucía someterá a referéndum la reforma, una vez sea ratificada mediante ley orgánica por las Cortes Generales que llevará implícita la autorización de la consulta, en el plazo máximo de:
- A.12 meses.
- B.6 meses.Respuesta correcta
- C.9 meses.
Explicación
La respuesta correcta es B. El artículo 248.3 del Estatuto de Autonomía para Andalucía establece que la Junta tiene un plazo máximo de seis meses para someter a referéndum una reforma que ya ha sido ratificada mediante ley orgánica por las Cortes Generales. Un error común es confundir este plazo de seis meses con el de un año que existe en otro artículo para casos de no aprobación.