El artículo 141 de la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal, castiga la provocación, conspiración y proposición para cometer el delito de homicidio con:
- A.La pena inferior en 1 o 2 grados a la señalada en su caso en los artículos 138 al 140 bis del citado Código Penal.
- B.La pena superior en 1 o 2 grados a la señalada en su caso en los artículos anteriores 138 al 140 bis del citado Código Penal.
- C.La misma pena que la señalada en su caso en los artículos anteriores 138 al 140 bis del citado Código Penal.
Explicación
Esta pregunta fue anulada por el tribunal. El artículo 141 del Código Penal castiga la provocación, conspiración y proposición para homicidio con la pena inferior en uno o dos grados a la del homicidio consumado, pero la redacción técnica de la pregunta presentó defectos que motivaron su anulación.