El artículo 6 del anexo n.° 3, Normas sobre Limitaciones Específicas de Circulación en las Viarías del Término Municipal de Zaragoza, de la Ordenanza General de Tráfico del Ayuntamiento de Zaragoza dice:
- A.Para poder circular por el casco urbano en las zonas definidas en este mismo artículo, con vehículos de peso máximo autorizado superior a 12,5 toneladas, será preciso la obtención de un permiso especial de circulación señalado en el anexo n° 2.
- B.Las normas del Plan General de Ordenanza Urbana (PGOU) de Zaragoza clasifican a una serie de vías urbanas como "calles peatonales", con definición de sus características y limitaciones respecto a la circulación.Respuesta correcta
- C.Los vehículos que cuenten con una circulación limitada los vehículos que dejan poder ser indicados al inicio de la calle, considerándose siempre la prioridad a los peatones, aunque éstos no deberían institucir acilmente en la calzada.
Explicación
La respuesta correcta es B. El artículo 6 del Anexo nº 3 de la Ordenanza General de Tráfico de Zaragoza establece que el Plan General de Ordenación Urbana clasifica varias vías urbanas como calles peatonales, definiendo sus características y limitaciones de circulación aplicables.