Pregunta 38

Policía Local - 2024 - Policía Local - Zaragoza

El artículo 182 del Código Penal castiga la siguiente conducta:

  • A.El que, a través de internet, del teléfono o de cualquier otra tecnología de la información y la comunicación contacte con un menor de dieciséis años y realice actos dirigidos a embaucarle para que le facilite material pornográfico o le muestre imágenes pornográficas en las que se represente o aparezca un menor.Respuesta correcta
  • B.El que solicitare favores de naturaleza sexual para sí o para un tercero, en el ámbito de una relación laboral, docente, de prestación de servicios o análoga, continuada o habitual, y con tal comportamiento provocare a la víctima una situación objetiva y gravemente intimidatoria, hostil o humillante.
  • C.El que, con fines sexuales, haga presenciar a un menor de dieciséis años de carácter sexual, aunque el autor no participe en ellos.

Explicación

La respuesta correcta es A. El artículo 182 del Código Penal tipifica el grooming: contactar con menores de dieciséis años a través de medios digitales con intención de embaucarles para obtener material pornográfico o de que compartan imágenes de contenido sexual.