Según la Ley de la Responsabilidad Penal del Menor, la duración de la medida de internamiento en régimen cerrado no podrá exceder:
- A.8 meses.Respuesta correcta
- B.2 años.
- C.1 año.
Explicación
La respuesta correcta es la A.Según la LORPM, la medida de internamiento en régimen cerrado tiene una duración máxima de 8 meses para menores entre 14 y 15 años, salvo en los supuestos de delitos graves en los que se pueden ampliar.