En cuanto a la Licencia de Conducción para vehículos de personas de movilidad reducida a que se refiere el art. 6.1 párrafo a) del Reglamento General de Conductores:
- A.Hasta los dieciséis años cumplidos no autorizará a transportar pasajeros en el vehículo.
- B.La edad mínima para obtenerlo será de 14 años cumplidos.
- C.La edad mínima para obtenerlo será de 16 años cumplidos.
- D.Las respuestas A y B son correctasRespuesta correcta
Explicación
La respuesta correcta es D. El artículo 6.1.a) del Reglamento General de Conductores establece que la Licencia de Conducción para vehículos de personas con movilidad reducida requiere edad mínima de 14 años cumplidos. Además, hasta los 16 años no autoriza transportar pasajeros. Ambas condiciones (edad mínima y restricción de pasajeros) son correctas.