Pregunta 33

Policía Local - 2024 - Policía Local - Valencia

Por la comisión de las faltas leves, podrán imponerse al personal funcionario de los cuerpos de Policía Local las siguientes sanciones:

  • A.Suspensión de funciones de uno a cinco días, y pérdida de la remuneración por el mismo periodo, que supondrá la pérdida de antigüedad
  • B.Suspensión de funciones de uno a cuatro días, y pérdida de la remuneración por el mismo periodo, que no supondrá la pérdida de antigüedadRespuesta correcta
  • C.Suspensión de funciones de uno a cuatro días, y pérdida de la remuneración por el mismo periodo, que supondrá la pérdida de antigüedad
  • D.Suspensión de funciones desde cinco días a tres meses, y pérdida de la remuneración por el mismo periodo

Explicación

La respuesta correcta es B. Según la Ley 17/2017 de coordinación de policías locales de la Comunitat Valenciana, por faltas leves se puede imponer suspensión de funciones entre uno y cuatro días con pérdida de remuneración correspondiente, sin que suponga pérdida de antigüedad. Los límites de duración y la exclusión de pérdida de antigüedad son elementos clave de esta sanción.