Salvo previsión legal distinta, las multas por infracción de Ordenanzas locales deberán respetar las siguientes cuantías:
- A.Infracciones graves: hasta 2.500 euros.
- B.Infracciones graves: hasta 3.500 euros.
- C.Infracciones graves: hasta 1.000 euros.
- D.Infracciones graves: hasta 1.500 euros.Respuesta correcta
Explicación
La respuesta correcta es D. El artículo 141 de la Ley 7/1985 (LRBRL) establece que las multas por infracciones de ordenanzas locales no deben superar: 3.000 euros para muy graves, 1.500 euros para graves y 750 euros para leves. Estos son los límites máximos que pueden imponer las corporaciones locales salvo disposición legal específica que los amplíe.