¿Se podrá el embargo de metales preciosos, piedras finas, joyería, orfebrería, antigüedades y otros objetos de valor histórico o artístico?
- A.No, está prohibido
- B.Sí y se realizará por el órgano de recaudación competente, mediante su depósito en diligencia y con la adopción de las precauciones necesarias para impedir su sustitución o levantamiento por medio de precintos o en la forma más conveniente
- C.Sí, pero no se adoptarán las precauciones necesarias para impedir su sustitución o levantamientoRespuesta correcta
Explicación
La respuesta correcta es C. El embargo de metales preciosos, joyas y objetos artísticos se realiza mediante diligencia con adopción de precauciones para impedir su sustitución, usando precintos u otros medios de seguridad. Esta protección asegura la custodia adecuada de bienes de alto valor.