Según la Ley 7/1985, Reguladora de las Bases del Régimen Local ¿cuál es el órgano competente para aprobar y modificar los reglamentos de naturaleza orgánica en un municipio de gran población?
- A.El Alcalde
- B.La Junta de Gobierno Local
- C.El PlenoRespuesta correcta
Explicación
La respuesta correcta es C. El artículo 123.1.c) de la LBRL atribuye al Pleno la aprobación y modificación de reglamentos de naturaleza orgánica. El Alcalde tiene competencias ejecutivas pero no para aprobar reglamentos de este tipo.