Según el RD 939/2005 las entidades colaboradoras en la recaudación:
- A.Pueden ser entidades de crédito autorizadas pero la prestación del servicio de colaboración no será retribuidaRespuesta correcta
- B.Pueden ser entidades de crédito autorizadas siendo la prestación del servicio de colaboración retribuida
- C.No puede ser entidades de crédito
Explicación
La respuesta correcta es A.Según el artículo 17 del RD 939/2005 (Reglamento General de Recaudación), las entidades colaboradoras en la recaudación podrán ser entidades de crédito debidamente autorizadas.