Según el RDL 2/2004, los acuerdos de establecimiento de tasas por la utilización privativa o el aprovechamiento especial del dominio público, o para financiar total o parcialmente los nuevos servicios, deberán adaptarse a la vista de informe técnico-económico.
- A.VerdaderoRespuesta correcta
- B.Falso, únicamente es preceptivo cuando la tasa es nueva
- C.Falso, es potestativo
Explicación
La respuesta correcta es A. Los acuerdos de establecimiento de tasas requieren un informe técnico-económico que demuestre el valor de mercado o la capacidad de cubrir el coste del servicio. Sin este informe, el acuerdo puede ser anulado por vicio de forma sustancial del procedimiento.