Según lo establecido en el Título X de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, en los municipios de gran población, ¿cuál de los siguientes órganos no es necesario?:
- A.El órgano de gestión tributariaRespuesta correcta
- B.La asesoría jurídica
- C.La comisión especial de sugerencias y reclamaciones
Explicación
En los municipios de gran población (Título X LRBRL), existen órganos necesarios y órganos facultativos.El artículo 135 LRBRL regula el órgano de gestión tributaria como un órgano FACULTATIVO que el Pleno podrá crear.