Los plazos expresados en día se contarán, según previene el art. 30 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo común de las Administraciones Públicas:
- A.Desde el mismo día en el que tenga lugar la notificación o publicación del acto del que se trateRespuesta correcta
- B.Desde el mismo día en que se produzca la estimación o desestimación por silencio administrativo
- C.Desde el día siguiente a aquel en que se produzca la estimación o desestimación por silencio administrativo
Explicación
La respuesta correcta es A. Los plazos expresados en días se cuentan desde el mismo día en que ocurra la notificación o publicación del acto administrativo. Esta regla garantiza certeza en la computación de los términos procedimentales.