Según establece la Ordenanza de Medio Ambiente del Ayuntamiento de Torrejón de Ardoz, en el Título V (Infracciones y Sanciones): "La perturbación causada a la salubridad o ornatos públicos", se considera:
- A.Grave.Respuesta correcta
- B.Leve.
- C.Muy grave.
Explicación
La respuesta correcta es A. Según la Ordenanza de Medio Ambiente del Ayuntamiento de Torrejón de Ardoz, la perturbación causada a la salubridad o al ornato público está clasificada como infracción GRAVE.