Conforme a lo dispuesto en la disposición adicional primera de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, a los efectos de esta Ley, se entenderá por composición equilibrada la presencia de mujeres y hombres de forma que, en el conjunto a que se refiera, las personas de cada sexo:
- A.No superen el cincuenta y cinco por ciento ni sean menos del cuarenta y cinco por ciento.Respuesta correcta
- B.No superen el sesenta por ciento ni sean menos del cuarenta por ciento.
- C.No superen el sesenta y cinco por ciento ni sean menos del treinta y cinco por ciento.
- D.No superen el setenta por ciento ni sean menos del treinta por ciento.
Explicación
La respuesta correcta es A. La Disposición Adicional Primera de la Ley Orgánica 3/2007 de Igualdad establece que composición equilibrada significa presencia de mujeres y hombres en proporciones que garanticen representación de ambos sexos en órganos y estructuras. Protege la igualdad de género.