Conforme a lo dispuesto en la Disposición adicional sexta de la Ley Orgánica 4/2015, de 30 de marzo, de protección de la seguridad ciudadana, a los efectos de lo dispuesto en los artículos 35.1 y 36.9, ¿qué se entenderá por infraestructuras o instalaciones en las que se presten servicios básicos para la comunidad?
- A.Instalaciones de fabricación, almacenamiento, depósito y distribución de armamento y de munición.
- B.Depósitos de combustible.
- C.Establecimientos de trabajo, formación y entrenamiento de Unidades Militares.Respuesta correcta
- D.Establecimientos de trabajo, formación y entrenamiento de Unidades de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado.
Explicación
La respuesta correcta es C. La Disposición adicional sexta de la Ley Orgánica 4/2015 de protección de la seguridad ciudadana define las infraestructuras e instalaciones consideradas de servicios básicos para la comunidad en contextos de seguridad ciudadana.