Pregunta 72

Policía Local - 2024 - Policía Local - Talavera de la Reina

De conformidad con el artículo 7.h de la Ley Orgánica 9/2015, de 20 de mayo, del Régimen disciplinario del Cuerpo Nacional de Policía, en relación al régimen disciplinario del personal funcionario de los Cuerpos de Policía Local de Castilla-La Mancha, se faltas muy graves:

  • A.Solicitar o obtener cambios de destino mediando cualquier recompensa, ánimo de lucro o falsedades en las solicitudes.
  • B.La inasistencia en un procedimiento administrativo cuando concurra alguna de las causas legales de abstención.
  • C.El abandono de servicio, salvo que exista causa de fuerza mayor que impida comunicar a su superior o al cuartel.
  • D.No prestar servicio, alegando supuesta enfermedad.Respuesta correcta

Explicación

h de la LO 9/2015 de Régimen Disciplinario del CNP, aplicable a las Policías Locales de CLM para las faltas muy graves, es falta muy grave no prestar servicio alegando supuesta enfermedad.