El delito de acoso del art. 172 ter del Código Penal:
- A.Serán perseguibles de oficio.
- B.Sólo será perseguible mediante denuncia o querella de la persona agraviada o su representante legal.
- C.Sólo será perseguible mediante denuncia de la persona agraviada o su representante legal.Respuesta correcta
- D.Sólo será perseguible mediante querella de la persona agraviada o su representante legal.
Explicación
La respuesta correcta es C. Según el artículo 172 ter.4 del Código Penal, el delito de acoso (stalking) solo es perseguible mediante denuncia de la persona agraviada o su representante legal, no por querella.