El Recurso de Amparo frente al Tribunal Constitucional cabe:
- A.Respecto de los derechos reconocidos en el Capítulo II del Título I así como los reconocidos en el artículo 14 y en el 30 relativa a la objeción de conciencia.
- B.Respecto de los derechos reconocidos en la Sección I del Capítulo II del Título I así como los reconocidos en el artículo 14 y en el 30 relativa a la objeción de conciencia.Respuesta correcta
- C.Respecto de los derechos reconocidos en la Sección I del Capítulo I del Título I así como los reconocidos en el artículo 14 y en el 30 relativa a la objeción de conciencia.
Explicación
La respuesta correcta es B. El artículo 53.2 de la Constitución Española permite recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional para proteger derechos de la Sección I del Capítulo II del Título I (artículos 15-29), más artículos 14 (igualdad) y 30.2 (objeción de conciencia). Protege los derechos fundamentales más básicos.