Se consideran agravantes en relación al delito de malversación (señale la INCORRECTA):
- A.Si hubiera causado un daño o entorpecimiento graves al servicio público.
- B.El valor del perjuicio causado o del patrimonio público apropiado excediere de 100.000 euros.Respuesta correcta
- C.Las cosas malversadas fueren efectos destinados a aliviar alguna calamidad pública.
Explicación
La respuesta correcta es B. El artículo 432 del Código Penal reconoce como agravante cuando el daño es grave, cuando el perjuicio supera 250.000 euros (tras reforma de 2022), o cuando se apropian efectos de beneficencia. La opción B indica 100.000 euros, cifra incorrecta según la legislación vigente.