La Comunidad Valenciana, asume las competencias exclusivas en materia de protección civil y seguridad pública, excepto emergencias de interés nacional, a través de los dispuesto en:
- A.Del artículo 147 de la Constitución Española.
- B.De lo dispuesto en la disposición transitoria cuarta del Estatuto de autonomía.
- C.Del artículo 49.3.14ª del Estatuto de Autonomía de la Comunidad Valenciana.Respuesta correcta
- D.De acuerdo con el artículo 37 de la Ley 13/2010, de 23 de noviembre, de Protección Civil y Gestión de las emergencias.
Explicación
La Comunitat Valenciana asume las competencias exclusivas en materia de protección civil y seguridad pública (excepto emergencias de interés nacional) a través del artículo 49.3.14ª del Estatuto de Autonomía de la Comunitat Valenciana.