Pregunta 52

Policía Local - 2024 - Policía Local - Requena

De acuerdo con lo establecido en el artículo 3 de la ley orgánica/1984, de 24 de mayo, que regula el procedimiento del Habeas Corpus, quien no puede instarlo:

  • A.El privado de libertad, su cónyuge o persona unida por análoga relación de afectividad, ascendientes, descendientes, hermanos y, en su caso, respecto de menores o incapaces, su representante legal.
  • B.El ministerio fiscal.
  • C.El abogadoRespuesta correcta
  • D.Lo podrá iniciar el Juez competente

Explicación

El artículo 3 de la LO 6/1984 reguladora del Habeas Corpus establece quiénes pueden instarlo. El abogado NO está entre los legitimados para instar el procedimiento por sí mismo (aunque puede actuar como representante de los legitimados).