La presidencia de la Junta Local de Seguridad corresponderá:
- A.En todo caso al Alcalde.
- B.Al Subdelegado del Gobierno en la Provincia.
- C.Al Alcalde, salvo que concurriera a sus sesiones el Subdelegado del Gobierno en la provincia, en cuyo caso, la presidencia será compartida con éste.Respuesta correcta
- D.Al Alcalde, salvo que concurriera a sus sesiones el Subdelegado del Gobierno en la Provincia, en cuyo caso, la presidencia corresponderá a éste último.
Explicación
de la LOFCS, la presidencia de la Junta Local de Seguridad corresponde al Alcalde, salvo que concurriera el Subdelegado del Gobierno, en cuyo caso la presidencia será compartida entre ambos.