Pregunta 13

Policía Local - 2024 - Policía Local - Requena

Según la Ley vigente en la Comunidad Valenciana, ¿a partir de qué edad un Inspector o Inspectora de la Policía Local, puede solicitar pasar a la situación de segunda actividad?

  • A.55 años.
  • B.50 años.
  • C.58 años.Respuesta correcta
  • D.60 años.

Explicación

Según la Ley de coordinación de policías locales de la Comunitat Valenciana, un Inspector o Inspectora puede solicitar pasar a la segunda actividad a partir de los 58 años.