La cancelación de anotaciones por faltas leves, según el artículo 41 de la Norma-Marco, se realizará:
- A.A los 2 años desde el cumplimiento de la sanción.
- B.A los seis años desde el cumplimiento de la sanción.
- C.Al año de la fecha del cumplimiento de la sanción, a petición del interesado.
- D.A los 6 meses del cumplimiento de la sanción, a petición del interesado.Respuesta correcta
Explicación
de la Norma-Marco de la FEMP, las anotaciones por faltas leves se cancelarán a los 6 meses del cumplimiento de la sanción, a petición del interesado. Para faltas graves son 2 años y para muy graves 6 años.