La autoridad o funcionario que, faltando a la obligación de su cargo, dejare intencionadamente de promover la persecución de los delitos de que tenga noticia o de sus responsables, incurrirá en la pena de:
- A.Inhabilitación especial para empleo o cargo público por tiempo de 6 meses a 2 años.Respuesta correcta
- B.Prisión de 5 a 12 años.
- C.Suspensión de funciones de 1 a 6 meses.
Explicación
La respuesta correcta es A. El artículo 408 del Código Penal sanciona a autoridades o funcionarios que intencionadamente omiten perseguir delitos con inhabilitación especial para empleo o cargo público por seis meses a dos años. Esta pena busca garantizar que los servidores públicos cumplan su deber de promover la persecución de delitos.