En ningún caso, el conductor de cualquier vehículo que sea menor de edad, podrá circular por las vías objeto de la Ley de Seguridad Vial:
- A.Con una tasa de alcohol en sangre superior a 0,30 gramos por litro o de alcohol en aire espirado superior a 0,15 miligramos por litro, al tratarse de un menor de edad.
- B.Con una tasa de alcohol en sangre superior a 0 gramos por litro o de alcohol en aire espirado superior a 0 miligramos por litro.Respuesta correcta
- C.Con una tasa de alcohol en sangre superior a 0,050 gramos por litro o de alcohol en aire espirado superior a 0,25 miligramos por litro.
Explicación
La respuesta correcta es B. El artículo 14 de la Ley de Seguridad Vial establece tasa cero de alcohol para menores de edad: ningún conductor menor podrá circular con más de 0 gramos por litro en sangre o 0 miligramos en aire espirado. Esta tolerancia cero absoluta es superior a los límites para conductores noveles.