Según establece el artículo 26 de la Ley Orgánica del Poder Judicial (L.O. 6/1985 de 1 de julio) El ejercicio de la potestad jurisdiccional se atribuye a los siguientes Juzgados y Tribunales:
- A.Juzgados de Paz, Juzgados de Primera Instancia e Instrucción, de lo Mercantil, de Violencia sobre la Mujer, de lo Penal, de lo Contencioso-Administrativo, de lo Social, de Menores y de Vigilancia Penitenciaria. Audiencias Provinciales. Tribunales Superiores de Justicia. Audiencia Nacional. Tribunal Supremo y Tribunal Constitucional.Respuesta correcta
- B.Juzgados de Paz, Juzgados de Primera Instancia e Instrucción, de lo Mercantil, de Violencia sobre la Mujer, de lo Penal, de lo Contencioso-Administrativo, de lo Social, de Menores y de Vigilancia Penitenciaria. Audiencias Provinciales. Tribunales Superiores de Justicia. Audiencia Nacional y Tribunal Supremo.
- C.Juzgados de Paz, Juzgados de Primera Instancia e Instrucción, de lo Mercantil, de Violencia sobre la Mujer, de lo Penal, de lo Contencioso-Administrativo, de lo Social, de Menores y de Vigilancia Penitenciaria. Audiencias Provinciales. Tribunales Superiores de Justicia. Audiencia Nacional. Tribunal Supremo, Tribunal Constitucional y Tribunal de Justicia de la Unión Europea.
Explicación
La respuesta correcta es A. El artículo 26 de la LOPJ atribuye potestad jurisdiccional a juzgados, audiencias y tribunales, incluyendo el Tribunal Constitucional como respuesta oficial del tribunal.