Según la Ley 7/1995, de 6 de abril, de Ordenación del Turismo de Canarias, ¿Cuál o cuáles de las siguientes infracciones, no es considerada grave?
- A.Carecer de las hojas de reclamaciones obligatorias
- B.No confeccionar las facturas con arreglo a las prescripciones reglamentariasRespuesta correcta
- C.No facilitar las hojas de reclamación a los clientes
Explicación
La respuesta correcta es B. La Ley 7/1995 de Ordenación del Turismo de Canarias clasifica no confeccionar facturas según las prescripciones reglamentarias como infracción leve, no grave. Carecer de hojas de reclamación o no facilitarlas a los clientes son sí infracciones graves.