De conformidad con lo dispuesto en el artículo 10 de la Constitución Española de 1978, no podrá ser privado de la nacionalidad española:
- A.Ningún ciudadano.
- B.Ningún español.
- C.Ningún español de origen.Respuesta correcta
- D.Ningún miembro de la Casa Real.
Explicación
La respuesta correcta es C. El artículo 11.2 de la Constitución Española establece que ningún español de origen podrá ser privado de su nacionalidad. Esta protección se aplica específicamente a los españoles de origen, mientras que los españoles que no sean de origen sí pueden perder la nacionalidad en determinados supuestos previstos por la ley.