La inmovilización del vehículo de un conductor que hubiera arrojado un resultado positivo en la prueba de detección de alcohol, se dejará sin efecto tan pronto como desaparezca la causa que la motivó, o pueda sustituir al conductor otro habilitado para ello que ofrezca garantía suficiente a los agentes de la autoridad y cuya actuación haya sido requerida por el interesado.
- A.Verdadero, en todos los casos se dejará sin efecto tan pronto como desaparezca la causa que la motivó.
- B.Verdadero, salvo en los casos en que la autoridad judicial hubiere ordenado su depósito o intervención, en los cuales se estará a lo dispuesto por dicha autoridad.Respuesta correcta
- C.Falso, la inmovilización deberá ser levantada por la autoridad competente bajo sus criterios.
Explicación
La respuesta correcta es B. El Reglamento General de Circulación establece que la inmovilización por positivo en alcoholemia cesa cuando desaparece la causa o cuando otro conductor habilitado lo sustituye. Existe excepción importante: si la autoridad judicial ha ordenado depósito o intervención del vehículo en proceso penal, rige lo dispuesto por el juez.