Pregunta 29

Policía Local - 2024 - Policía Local - Getafe

Los titulares de las licencias de funcionamiento vigentes, que amparen la explotación de locales y establecimientos regulados en el Decreto 184/1998, de 22 de octubre, del Consejo de Gobierno por el que se aprueba el catálogo de espectáculos públicos, actividades recreativas, establecimientos, locales e instalaciones deberán solicitar del órgano competente de la Comunidad de Madrid el número identificativo del local o establecimiento: indique la respuesta correcta

  • A.En el plazo de dos años a contar desde la entrada en vigor del Decreto.Respuesta correcta
  • B.En el plazo de un año a contar desde la entrada en vigor del Decreto.
  • C.Se solicita de forma previa a la apertura del establecimiento.

Explicación

La respuesta correcta es A. El Decreto 184/1998 de Madrid establece en sus disposiciones transitorias que los titulares de licencias de funcionamiento previas debían solicitar el número identificativo del local a la Comunidad de Madrid en el plazo de dos años desde la entrada en vigor. Este plazo transitorio es específico para establecimientos antiguos que necesitaban adaptarse al nuevo catálogo.