Entre los derechos laborales y prestaciones de la Seguridad Social para mujeres víctimas de violencia de género, establecidos en el artículo 21 de la Ley 1/2004, se encuentran: indique la respuesta correcta
- A.Las ausencias y faltas de puntualidad al trabajo motivadas por la situación física o psicológica derivada de la violencia de género se considerarán justificadas y serán remuneradas cuando así lo determinen los servicios sociales de atención o servicios de salud.Respuesta correcta
- B.El tiempo de suspensión no se considerará como período de cotización efectiva.
- C.Las faltas de puntualidad no se considerarán justificadas.
Explicación
La respuesta correcta es A. El artículo 21.4 de la LO 1/2004 establece que las ausencias o faltas de puntualidad motivadas por violencia de género se consideran justificadas y remuneradas cuando lo determinen los servicios sociales o de salud. El tiempo de suspensión SÍ cuenta como cotización efectiva (art. 21.2), al contrario de lo que dice la opción B.