Según la Directiva 2000/43/CE de 29 de julio de 2000, se entenderá por "principio de igualdad de trato":
- A.La ausencia de toda discriminación, directa, indirecta y transversal.
- B.La ausencia de toda discriminación, basada en el origen racial o étnico.Respuesta correcta
- C.Además de las anteriores la Directiva afecta a la diferencia de trato por motivos de nacionalidad.
Explicación
El artículo 2. 1 de la Directiva 2000/43/CE establece que 'el principio de igualdad de trato significará la ausencia de toda discriminación, tanto directa como indirecta, basada en el origen racial o étnico'.