Señale la respuesta incorrecta.
- A.Los Jefes Provinciales de Tráfico y los órganos competentes que correspondan, en caso de comunidades autónomas que hayan recibido el traspaso de funciones y servicios en materia de tráfico y circulación de vehículos a motor, no asumirán la competencia de los Alcaldes cuando, por razones justificadas o por insuficiencia de los servicios municipales, no pueda ser ejercida por éstos.Respuesta correcta
- B.Quedan excluidas de la competencia sancionadora municipal las infracciones a los preceptos del título IV, incluyendo las relativas a las condiciones técnicas de los vehículos y al seguro obligatorio.
- C.La sanción por infracción de circulación cometidas en vías urbanas corresponderá a los respectivos Alcaldes, los cuales podrán delegar esta competencia de acuerdo con la normativa aplicable.
Explicación
La respuesta correcta es A. La afirmación incorrecta es que los Jefes Provinciales de Tráfico 'no asumirán' competencias municipales. La Ley de Tráfico SÍ prevé que asuman estas competencias cuando existan razones justificadas o insuficiencia de servicios municipales. Las opciones B y C son correctas: hay competencia sancionadora municipal en vías urbanas, aunque excluida para condiciones técnicas y seguros.