Según establece la Ley 17/1997, de 4 de julio, de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas, los Ayuntamientos podrán conceder licencias provisionales para el funcionamiento de los locales o establecimientos regulados en esta Ley. Estas licencias provisionales no podrán tener una vigencia superior a:
- A.Seis meses.Respuesta correcta
- B.Tres meses.
- C.Un año.
Explicación
La respuesta correcta es A. Los Ayuntamientos pueden conceder licencias provisionales para el funcionamiento de locales regulados en la Ley 17/1997, pero estas licencias provisionales no podrán tener una vigencia superior a seis meses. Tras ese plazo, debe gestionarse la licencia definitiva.