Según la Ley Orgánica 3/1983, de 25 de febrero, de Estatuto de Autonomía de la Comunidad de Madrid:
- A.Son electores y elegibles a la Asamblea de Madrid todos los madrileños mayores de dieciocho años de edad que estén en pleno goce de sus derechos políticos y civiles.
- B.Son electores y elegibles a la Asamblea de Madrid todos los madrileños mayores de dieciocho años de edad que estén en pleno goce de sus derechos políticos y jurídicos.
- C.Son electores y elegibles a la Asamblea de Madrid todos los madrileños mayores de dieciocho años de edad que estén en pleno goce de sus derechos políticos.Respuesta correcta
Explicación
La respuesta correcta es C. Serán electores y elegibles a la Asamblea de Madrid todos los madrileños mayores de dieciocho años que estén en pleno goce de sus derechos políticos. El requisito es el reconocimiento de capacidad política, sin añadir civiles ni jurídicos.