Los establecimientos de hostelería con música no se podrán utilizar equipos de reproducción o amplificación sonora o audiovisual:
- A.Antes de las 12:00 horas del día.
- B.Antes de las 15:00 horas del día.
- C.Antes de las 15:00 horas el día anterior desde de las 00:00 horas.Respuesta correcta
Explicación
Los establecimientos de hostelería con música no podrán utilizar equipos de reproducción o amplificación sonora desde las 00:00 horas del día anterior hasta las 15:00 horas del mismo día.