Pregunta 6

Policía Local - 2024 - Policía Local - Dos Hermanas

El inciso segundo del párrafo segundo del Artículo 284 del Código penal se castiga con penas de:

  • A.Prisión o multa y privación del derecho a conducir vehículos a motor, ciclo motores u otros ciclos, y con inhabilitación especial para el ejercicio de la profesión o la comunidad.Respuesta correcta
  • B.Prisión o multa y privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclo motores.
  • C.Prisión o multa y privación del derecho a conducir vehículos a motor.

Explicación

El artículo 284 CP, en su inciso segundo del párrafo segundo, establece para determinadas conductas la pena de prisión o multa conjuntamente con la privación del derecho a conducir vehículos a motor, ciclomotores u otros ciclos, y con inhabilitación.