A tenor literal del artículo 49. De la Ley de Bases de Régimen local, la aprobación de las ordenanzas locales se ajustará al siguiente procedimiento:
- A.Aprobación inicial por el pleno de la corporación.
- B.Información pública y audiencia de los interesados por el plazo de treinta días para la presentación de reclamaciones y sugerencias.
- C.Aprobación inicial por el presidente de la corporación.Respuesta correcta
Explicación
El artículo 49 LRBRL establece el procedimiento para aprobar ordenanzas locales: primero la aprobación inicial por el Pleno, luego información pública y audiencia por 30 días, y finalmente aprobación definitiva.