Según se determina en la Ley de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas de la Comunidad de Madrid, los organizadores de los espectáculos, los titulares de locales y establecimientos, así como los encargados de unos y otros, están obligados a permitir el acceso de los funcionarios debidamente acreditados al efecto para efectuar las inspecciones, estando igualmente obligados a prestarles la colaboración necesaria para el desarrollo de las mismas:
- A.Solo si lo ordena una autoridad judicial.
- B.En todo caso.Respuesta correcta
- C.En ningún caso.
Explicación
La respuesta correcta es B. La Ley 17/1997 establece la obligación de los titulares de establecimientos y organizadores de espectáculos de permitir el acceso de funcionarios inspectores debidamente acreditados y prestarles colaboración necesaria. Esta obligación es un principio general del derecho administrativo de inspección sin necesidad de mandato judicial previo.