Según lo previsto en el artículo 22 del Reglamento General de Circulación, Real Decreto 1428/2003, de 21 de noviembre, se podrán repetir las pruebas a efectos de contraste, que podrán consistir en análisis de sangre, orina u análogos:
- A.A petición del interesado o por orden de la autoridad judicial.Respuesta correcta
- B.A petición del Ministerio Fiscal, o del propio interesado.
- C.A petición de la autoridad judicial o de ascendientes directos del interesado.
- D.A petición del interesado y del propio ministerio fiscal.
Explicación
La respuesta correcta es A. El artículo 22 del Reglamento General de Circulación permite repetir pruebas de contraste a petición del interesado o por orden de la autoridad judicial. Las opciones B, C y D introducen órganos o condiciones no contempladas.