La marcha atrás será advertida con la correspondiente luz de marcha atrás, si dispone de ella y, en caso contrario:
- A.Sacando las dos manos balanceándolas hacia atrás.
- B.Extendiendo el brazo horizontalmente con la palma de la mano hacia atrás.Respuesta correcta
- C.Extendiendo el brazo derecho con la palma de la mano hacia atrás.
- D.Sacando las dos manos balanceándolas de adelante hacia atrás.
Explicación
La respuesta correcta es B. El artículo 109 del Reglamento General de Circulación regula que la marcha atrás se advierta con luz específica si el vehículo la posee, y si no dispone de ella, extendiendo el brazo horizontalmente con la palma hacia atrás.