¿Dónde se regula el régimen disciplinario que será aplicable a la Policía Local?
- A.Ley Orgánica 2/1986 de 13 de marzo, Disposición Final Sexta y artículo 67 de la Ley 6/2023 de Policías Locales de Andalucía, de 7 de julio.
- B.Ley Orgánica 4/2010 de 20 de mayo, Disposición Final Sexta y artículo y artículos 67 de la Ley 6/2023 de Policías Locales de Andalucía.Respuesta correcta
- C.Ley Orgánica 2/1986 de 13 de marzo, Disposición Final Cuarta y artículo 66 de la Ley 6/2023 de Policías Locales de Andalucía.
- D.Ley Orgánica 4/2010 de 20 de mayo, Disposición Final Cuarta y artículo 66 de la Ley 6/2023 de Policías Locales de Andalucía.
Explicación
La respuesta correcta es B. El régimen disciplinario aplicable a la Policía Local se regula en la Disposición Final Sexta de la Ley Orgánica 4/2010 de 20 de mayo, que extendió el régimen disciplinario del Cuerpo Nacional de Policía a las policías locales, y en el artículo 67 de la Ley 6/2023 de Policías Locales de Andalucía. La mención a la Ley Orgánica 2/1986 en otras opciones es incorrecta, ya que fue la LO 4/2010 la que estableció el régimen disciplinario aplicable.