Pregunta 19

Policía Local - 2024 - Policía Local - Cádiz

Para la elección del Presidente de la Junta de Andalucía, se requiere:

  • A.El voto favorable de 2/3 de los miembros del Parlamento en primera votación o la mayoría absoluta en la segunda y sucesivas votaciones.
  • B.El voto favorable de 2/3 de los miembros del Parlamento en primera votación o la mayoría absoluta de los miembros del Parlamento en segunda votación.
  • C.El voto favorable de la mayoría absoluta de los miembros del Parlamento en primera votación o la de la mayoría simple en las sucesivas votaciones.Respuesta correcta
  • D.El voto favorable de la mayoría absoluta, en cualquier caso.

Explicación

La respuesta correcta es C. El artículo 118.3 del Estatuto de Autonomía de Andalucía establece que el candidato a Presidente de la Junta requiere mayoría absoluta en primera votación; si no la obtiene, se procede a una segunda votación 48 horas después, siendo suficiente mayoría simple. Esta flexibilización progresiva facilita la formación de gobierno cuando no hay mayoría inicial clara.